Muchas personas heredan inmuebles u otros bienes en España mientras residen de forma permanente en otro país.
Heredar bienes en España mientras se reside en el extranjero
Aunque el proceso pueda parecer complicado en un primer momento, los beneficiarios no suelen tener que trasladarse a España, y gran parte de los trámites pueden realizarse sin necesidad de viajar.
Nuestro equipo asesora habitualmente a beneficiarios internacionales en materia de herencias en España y puede coordinar el proceso desde España en su nombre.
¿Tengo que viajar a España?
En muchos casos, no.
Por lo general, el beneficiario puede otorgar un poder notarial que autorice a un abogado español u otro representante designado a realizar los trámites necesarios.
En función de las facultades otorgadas, el representante podrá estar autorizado a:
- Obtener documentos españoles.
- Solicitar un número de NIE.
- Tramitar asuntos con la Agencia Tributaria.
- Actuar ante los bancos españoles.
- Firmar la escritura de herencia ante notario.
- Pagar o presentar declaraciones de impuestos.
- Inscribir los bienes heredados.
- Actualizar las cuentas de servicios públicos y de impuestos municipales.
- Llevar a cabo otros trámites administrativos relacionados con la herencia.
El poder notarial debe redactarse con cuidado para que contenga todas las facultades necesarias para la herencia en cuestión.
Puede firmarse ante un notario español, en un consulado español o ante un notario extranjero, dependiendo de la ubicación del beneficiario. Cuando se firme en el extranjero, puede ser necesaria la legalización o una apostilla, así como una traducción jurada al español.
Cómo obtener un número NIE
Los beneficiarios extranjeros suelen necesitar un número de identificación español, conocido como NIE, para tramitar los trámites fiscales, notariales y de registro en España.
El NIE no convierte al beneficiario en residente en España ni, por sí solo, le confiere la residencia fiscal española. Se trata de un número de identificación que se utiliza en las relaciones con las autoridades e instituciones españolas.
Podemos ayudarle con la solicitud del NIE y, cuando sea posible, tramitar el procedimiento mediante un poder notarial adecuado.
El uso de documentos extranjeros en España
Una sucesión en la que intervengan beneficiarios o documentos de otro país puede requerir la presentación de documentos extranjeros ante las autoridades españolas.
Entre ellos pueden figurar:
- Certificados de defunción extranjeros.
- Testamentos extranjeros.
- Certificados de sucesión.
- Certificados que acrediten la legislación sucesoria aplicable.
- Certificados de matrimonio o de nacimiento.
- Resoluciones judiciales o declaraciones de beneficiarios.
Es posible que los documentos públicos extranjeros deban legalizarse o apostillarse antes de que sean aceptados en España. También pueden requerir una traducción realizada por un traductor jurado oficial.
Podemos revisar la documentación en una fase temprana y explicarle qué trámites son necesarios, lo que le ayudará a evitar retrasos innecesarios o los gastos derivados de la obtención de documentos incorrectos.
¿Qué ocurre si no hay un testamento en español?
La ausencia de un testamento español no impide necesariamente que un beneficiario no residente herede bienes en España.
Cuando el fallecido haya dejado un testamento válido en otro país, dicho testamento podrá servir de base para la sucesión en España, siempre que se cumplan los requisitos legales, probatorios y de traducción necesarios.
En caso de que no exista un testamento válido, puede ser necesario tramitar una sucesión intestada o un procedimiento de declaración de herederos para determinar quiénes son las personas con derecho legal a heredar.
El proceso puede prolongarse si es necesario obtener los documentos pertinentes en el extranjero, pero nuestro equipo puede coordinar los trámites en España y asesorarle sobre la documentación requerida.
¿Puedo vender la vivienda después de heredarla?
Por lo general, un beneficiario puede vender un inmueble heredado una vez que se haya aceptado correctamente la herencia, se hayan liquidado los impuestos correspondientes y el inmueble se haya inscrito debidamente en el Registro de la Propiedad.
Antes de decidir vender, el beneficiario debe tener en cuenta:
- La situación fiscal en materia de impuesto de sucesiones.
- El impuesto municipal sobre la plusvalía.
- La inscripción en el Registro de la Propiedad.
- Las hipotecas o deudas existentes.
- Las deudas de la comunidad de propietarios.
- Las consecuencias fiscales de la venta posterior.
- Los aspectos prácticos cuando varios beneficiarios son copropietarios del inmueble.
Si los beneficiarios desean vender el inmueble heredado, podemos ayudarles tanto con la tramitación de la herencia como con el posterior proceso de transmisión de la propiedad.







